Expediente de MODIFICACION DE ESTATUTOS de la Mancomunidad de Interes General Urbana de Léon y Alfoz
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Exposicion de MODIFICACION DE ESTATUTOS de la Mancomunidad de Interes General Urbana de León y Alfoz
PROVIDENCIA DE PRESIDENCIA
ASUNTO.- Expediente de MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS de la Mancomunidad de Interés General urbana de León y alfoz -MIG LEON Y ALFOZ-. Participación ciudadana.
El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, LPACAP, insta a mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. Así con carácter previo a la modificación de los Estatutos de la Mancomunidad de Interés General de León y alfoz, se va a proceder a realizar consulta pública dando conocimiento de la misma en el portal web o sede electrónica de esta administración o en su defecto de los municipios que la integran, con el fin de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.La modificación de estos Estatutos tiene por objeto establecer nuevas competencias y funciones para su prestación de forma conjunta a través de esta mancomunidad, actuando de forma coordinada en un ámbito territorial superior al de cada uno de los municipios, evitando actuaciones individualizadas no coordinadas.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.La aprobación de esta modificación es el instrumento permitido por la normativa para poder actuar de forma coordinada en un área geográfica superior al de cada uno de los municipios integrantes en la MIG U. Siendo oportuno la aprobación de la modificación antes de poder hacer efectivas estas competencias por la MIG U.
c) Los objetivos de la norma.Ejercitar la competencia normativa de la MIG U con el fin de aprobar la modificación de los Estatutos vigentes y determinar las nuevas competencias y funciones que se van a asignar a la MIG U.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.En base a lo determinado en los artículos 127 y siguientes de la Ley 39/2015 y en especial lo referido al 133 en cuanto a participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas y reglamentos, se procede a realizar la consulta pública a través del portal web o sede de esta administración o en el caso de no ser posible en los de cada uno de los Ayuntamientos integrantes de esta MIG U de León y alfoz, con el fin de recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura modificación normativa. Durante un plazo de 15 días, a contar desde el día de la presente publicación, los ciudadanos, las asociaciones u organizaciones más representativas podrán hacer llegar sus opiniones a esta administración. Solicitudes que deberán ser presentadas dejando constancia de la identificación de quien las presenta.
Se adjunta como Anexo el texto inicial y la previsión de modificación de los Estatutos.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE