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05 May 2025

Edicto de Cobranza Voluntaria: IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA 2025- TASA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS DOMESTICOS ANUAL 2024

  EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE LEON

SERVICIO DE GESTIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN TRIBUTARIA ANUNCIO DE COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO - PRIMER SEMESTRE DE 2025

RECAUDACIÓN DE DEUDAS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO Y NOTIFICACIÓN COLECTIVA

 Conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1 del Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, que en el plazo de ingreso que seguidamente se señala,

PLAZO DE INGRESO: Desde el 15 de abril hasta el 20 de junio de 2025, ambos inclusive.

se realizará la COBRANZA EN PERIODO VOLUNTARIO de los siguientes tributos en el ámbito de la expresada Entidad:

 IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA AÑO 2.025

TASA TRATAMIENTO RESIDUOS DOMÉSTICOS ANUAL 2024

Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago de sus recibos deberán personarse en cualquiera de las Entidades de Depósito Colaboradoras (Bancos y Cajas de Ahorro)que figuran al dorso de los documentos de COBRO/AVISO DE PAGO, a efectuar el ingreso correspondiente, presentando dichos documentos, que recibirán por correo en su domicilio.

El citado documento de ingreso, solamente tendrá carácter liberatorio del pago una vez validado por las citadas Entidades Colaboradoras (Bancos o Cajas de Ahorro).De no recibir en su domicilio el citado documento para pago o en caso de su extravío antes de efectuar el ingreso, se proporcionará un duplicado en cualquiera de las Oficinas Recaudatorias de la Diputación, hasta el día señalado como final del periodo voluntario de pago. En todo caso, se considera cumplida la NOTIFICACION DEL PERIODO VOLUNTARIO DE COBRANZA con la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2.003, de 17 de diciembre, General Tributaria, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, por lo que, no recibir el documento de cobro/aviso de pago no justificará la faltade ingreso de las deudas en su periodo voluntario.

Se recuerda la conveniencia de domiciliar el pago de los recibos en cuentas abiertas en Entidades de Depósito (Bancos o Cajas de Ahorros).Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario antes señalado, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas reglamentarias.

Asimismo, se recuerda que a través de la Oficina Virtual Tributaria (OVT) https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Servicio_Recaudatorio/Oficina_Virtual_Tributaria/ puede consultar y/o modificar sus datos

 


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