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06 Oct 2024

EDICTO DE COBRANZA VOLUNTARIA: IAE, IMPUESTO SOBRE BIENES DE NATURALEZA RUSTICA, URBANA Y CARACTERISTICAS ESPECIALES, TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y DEMAS EXACCIONES DE DERECHO PUBLICO 2024

 EXCMO AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE LA VIRGEN

Pone  en  conocimiento   de  los   contribuyentes   y  demás  interesados,   que  durante  el periodo  comprendido  entre el 10  de octubre y  el 13   de diciembre de 2024, ambos inclusive,

se realizará  la  COBRANZA EN  PERIODO  VOLUNTARIO  de los  siguientes  tributos  en el ámbito de la expresada Entidad:

 

EDICTO DE COBRANZ VOLUNTARIAIBI. RUSTICA, URBANA, BASURA Y ALCANTARILLADO 2024, VADOS PERMANENTES 2024


 Los contribuyentes  que no tengan domiciliado  el pago de sus recibos  deberán personarse en cualquiera  de las  Entidades  de Depósito  Colaboradoras  (Bancos y  Cajas  de Ahorro) que figuran  al dorso  de  los   documentos de  COBRO/AVISO   DE   PAGO, a  efectuar   el   ingreso   correspondiente, presentando dichos documentos, que recibirán por correo en su domicilio.

El  citado  documento de  ingreso,  solamente  tendrá carácter  liberatorio  del  pago una vez validado por las citadas Entidades Colaboradoras (Bancos o Cajas de Ahorro).

De no recibir en su domicilio el citado documento para pago o en caso de su extravío antes de efectuar  el  ingreso,  se proporcionará  un duplicado  en cualquiera  de las  Oficinas  Recaudatorias  de la Diputación,

hasta el día señalado como final del periodo voluntario de pago.

En todo caso, se considera  cumplida  la  NOTIFICACION  DEL  PERIODO  VOLUNTARIO DE COBRANZA con la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Provincia,

conforme a lo previsto en el  artículo  102.3 de la  Ley 58/2.003, de 17 de diciembre,  General  Tributaria,  al  tratarse de tributos  de cobro periódico  por recibo,  por lo  que, no recibir  el  documento de cobro/aviso

 de pago no justificará  la falta de ingreso de las deudas en su periodo voluntario.

Se recuerda la conveniencia de domiciliar el pago de los recibos en cuentas abiertas en Entidades de Desito (Bancos o Cajas de Ahorros).

Se advierte  que, transcurrido  el  plazo  de ingreso  en periodo  voluntario  antes señalado,  las deudas   no  satisfechas    serán  exigidas    por   el    procedimiento    de  apremio    y  devengarán   los correspondientes   recargos   de  apremio,  intereses   de  demora  y,  en  su  caso,  las   costas reglamentarias.

Los contribuyentes  pueden consultar  y/o modificar  sus datos a través de la  Oficina  Virtual Tributaria  (OVT) http://www.dipuleon.es/oficinavirtualtributaria. Además  también  podrá acceder a la consulta  de sus recibos  domiciliados  y  comprobar todo el  detalle  del  tributo  que no aparece en la información que facilita su banco.

 


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